Con el nuevo sistema de cotización para autónomos implementado en 2023, se introdujeron cambios significativos, como la cotización por ingresos reales y la tarifa plana para nuevos emprendedores, que aumentó de 60 a 80 euros al mes.
Los autónomos que se dieron de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pudieron beneficiarse de una cuota fija de 80 euros mensuales durante el primer año. Esta tarifa puede extenderse un año más si sus ingresos netos se mantienen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Sin embargo, si durante el segundo año tus ingresos superan el SMI (15.876 euros anuales en 2024), deberás notificar a la Seguridad Social y renunciar a la tarifa plana, regularizando las cuotas pendientes. Por ejemplo, si tus ingresos mensuales son de 1.500 euros, deberías pagar una cuota de 294 euros en lugar de los 80 euros, lo que implicaría abonar la diferencia al finalizar el año.
En resumen, si tus ingresos superan el SMI, es recomendable renunciar a la tarifa plana para evitar recargos. Si tus ingresos siguen siendo inferiores al SMI, continuar con la tarifa plana puede ser beneficioso, pero recuerda gestionar la prórroga manualmente.
¿Siempre es mejor acogerse a la Tarifa Plana si eres un nuevo autónomo?
¿Es mejor seguir siempre con la Tarifa Plana y prorrogarla el segundo año como nuevo autónomo? Depende, porque si la solicitas, se te concede y te equivocas en la estimación de tus ingresos el segundo año y supera con creces el SMI es interesante renunciar y comenzar cuanto antes a abonar la nueva cuota que te corresponde.
En el caso de seguir ingresando una cantidad inferior al Salario Mínimo Interprofesional, entonces sí, pero recuerda que la prórroga no se activa sola, deberás gestionarla tú o tu asesoría desde este enlace y realizar el trámite.
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10548/32825