Clipe Tomelloso

AYUDAS A LA CONTRATACIÓN


Programa Talento 45+
Extracto de la Convocatoria de ayudas económicas destinadas al fomento del empleo. Ayudas a la contratación. Anualidad 2025.
Programa Talento 45+ (BOP Nº102 de 30 de mayo de 2025)

ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LA AYUDA:


Esta ayuda se destina a fomentar la creación de empleo a través de la contratación de personas desempleadas de entre 45 años y 60 años que hayan participado en el Programa Talento 45+.

El importe de la subvención concedida por cada contratación realizada será de 5.000 €, no pudiendo en ningún caso ser superior.

El contrato deberá encontrarse en vigor en el momento de presentación de la solicitud y no deben haber transcurrido 6 meses entre ambas situaciones.

El número máximo de ayudas que podrá obtenerse en una misma empresa es de 6.

La contratación deberá formalizarse con personas con una edad entre 45 y 60 años, que antes del contrato se encuentren desempleadas y hayan finalizado la fase de orientación del Programa Talento 45+ de la Cámara de Comercio.

Los tipos de contratos subvencionables serían los siguientes (según RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y las modificaciones realizadas por RD-Ley 32/2021, de 28 de diciembre):

Contrato indefinido (incluido fijo-discontinuo a tiempo completo si el período de actividad es igual o superior a 6 meses)

Contrato de duración determinada por circunstancias de producción con una duración mínima de 6 meses.

No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido relación laboral con el beneficiario/a o empresa vinculada en los 6 meses anteriores al de la formalización del contrato presentado en el marco de la presente convocatoria.

Cualquiera que sea el tipo de contrato, se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los 6 primeros meses, a jornada completa, a contar desde la firma del contrato.

En todo contrato que se firme deberá incluirse una referencia a la cofinanciación de este por el Fondo Social Europeo Plus en el marco Programa de Educación y Formación, Empleo y Economía Social 2021-2027.

Únicamente se considerarán válidos los contratos firmados a jornada completa o a tiempo completo.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS: Entre otros:

El centro de trabajo del beneficiario/a de la subvención ha de estar ubicado en la provincia de Ciudad Real.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia al artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

SOLICITUDES:


El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 2 de junio hasta el 31 de diciembre de 2025, o hasta agotar la disponibilidad presupuestaria asociada a esta convocatoria.

INCOMPATIBILIDAD:


Estas ayudas serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que pudieran concederse a las empresas con la misma finalidad, excepto bonificaciones o reducciones en cuotas a la Seguridad Social que pudieran corresponderle.

ENLACE DE LA CONVOCATORIA se encuentra en:
Sede electrónica: Sede Cámara de Comercio
Página Web http://www.camaracr.org de la Cámara de Comercio de Ciudad Real.

PERSONAS DE CONTACTO:

Teléfono Cámara de Comercio Ciudad Real – 926 274 444

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