Si estás cobrando la prestación por desempleo de nivel contributivo y decides iniciar una actividad por cuenta propia, puedes seguir percibiendo dicha prestación durante un máximo de 270 días (9 meses) o el tiempo que te reste por cobrar, siempre que:

Ventajas:

Importante: La compatibilidad cesará si realizas un trabajo por cuenta ajena, ya sea a tiempo completo o parcial.

2. Capitalización del Paro (Pago Único)

Otra opción es recibir en un solo pago el importe total de la prestación por desempleo pendiente, con el fin de invertirlo en la creación de tu propio negocio. Para ello:

Destinos del Pago Único:

Nota: Si no utilizas la totalidad del pago único en la inversión inicial, puedes destinar el remanente a compensar las cuotas mensuales de la Seguridad Social.

3. Reanudación de la Prestación tras el Cese de Actividad como Autónomo

Si inicias una actividad por cuenta propia y decides no compatibilizar ni capitalizar la prestación por desempleo, esta quedará suspendida y podrás reanudarla si cesas en la actividad autónoma, siempre que:

Procedimiento:

Importante: Si tras el cese en la actividad por cuenta propia tienes derecho a la prestación por cese de actividad (el «paro de los autónomos»), deberás optar entre esta o reanudar la prestación por desempleo que quedó suspendida.

Consideraciones Finales

https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/cobrando-prestacion-subsidio-desempleo/trabajo-como-autonomo

Ir al contenido